R-DCA-615-2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación
Administrativa. San José, a las diez horas del dos de diciembre de dos mil once. -------------------
Recurso de apelación interpuesto por la empresa TECAPRO DE COSTA RICA S.A. en contra
del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada N° 20110LA-000008-00010 promovida por
el Teatro Popular Melico Salazar, para la adquisición de software para programas financiero y
recursos humanos del Teatro Popular Mélico Salazar, recaído a favor de la empresa Optec
Sistemas S.A., por un monto de $53.000,00----------------------------------------------------------------
RESULTANDO:
I.- Que la empresa TECAPRO DE COSTA RICA S.A interpuso recurso de apelación en contra
de la referida adjudicación, alegando que su oferta cotizó la totalidad del objeto de la contratación
y por lo tanto, al ofrecer el menor precio, resultaba adjudicataria. --------------------------------------
II.- Que mediante auto de las ocho horas del veintidós de noviembre del dos mil once, este
Despacho requirió el expediente administrativo de la Licitación Abreviada N° 2011 LA-000008-
000010, al Teatro Popular Mélico Salazar. -----------------------------------------------------------------
III. Que mediante oficio TPMS -PI-266- 2011 del 23 de noviembre del 2011, esa Administración
remitió expediente original solicitado por este Despacho. ------------------------------------------------
IV.- Que la presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose
observado durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.
CONSIDERANDO:
I.- Hechos Probados: Este Despacho para la resolución del presente recurso ha tenido por
probados los siguientes hechos: 1) Que el Teatro Popular Mélico Salazar promovió la Licitación
Abreviada N° 2011LA-000008-00010, relativa a la Adquisición de Software para el Área
Financiera y Recursos Humanos de ese T ...
Fecha publicación: 07/12/2011
Fecha emisión: 02/12/2011
Institución: TEATRO POPULAR MELICO SALAZAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12168
02 de diciembre, 2011
DJ-1323-2011
Licenciado
Jorge Sequeira
Gerente General
PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Estimado Señor:
Asunto: Consulta relacionada con la aplicación de la Ley contra la corrupción y el
enriquecimiento ilícito en la función pública.
Se refiere esta División a su nota sin número, recibida el 21 de noviembre pasado, mediante la
cual plantea una consulta relacionada con la aplicación de la Ley contra la corrupción y el
enriquecimiento ilícito en la función pública (Ley N° 8422 del 6 de octubre de 2004), referida a si su
eventual participación en la Junta Directiva de la empresa Radio Mensajes S.A., lesiona –o no- algunas
de las disposiciones contenidas en dicha norma legal.
En ese sentido, en el memorial de consulta se indica que “(…) considero que no me asiste
ningún impedimento, incompatibilidad o prohibición en las condiciones señaladas en este oficio (…)”,
sin embargo, se menciona que: “(…) solicito atentamente al órgano contralor corroborar mi posición,
para lo cual fundamento esta petición en el artículo 33 del Reglamento a la Ley N° 8422 (…)”.
I
CONSIDERACIONES PRELIMINARES
Como un aspecto de primer orden, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva
de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de
setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de
junio de 2000, el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas.
Lo anterior se funda, en el interés de no sustituir a las entidades consultantes en la solución o
respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera emitir
pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuyas particularidades y detalles se
desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio ...
Fecha publicación: 05/12/2011
Fecha emisión: 02/12/2011
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11425
17 de noviembre, 2011
DCA-3034
Señor
Giancarlo Protti Ramírez
Director Ejecutivo
Teatro Popular Melico Salazar, Ministerio de Cultura y Juventud
Estimado señor:
Asunto: Se retira gestión planteada vía nota TPMS-UGA-0232-11, al comunicar el Teatro
Melico Salazar que la misma se realizará ante su propia Junta Directiva.-
En relación con su nota TPMS-UGA-0232-11, mediante la cual requería a este órgano contralor
autorización para adquirir de forma directa un equipo de audio para la sala del Teatro Popular
Melico Salazar con la empresa Grupo Iliaco Profesional S.A., se tiene que vía oficio TPMS-UGA-
0242-11, esa Administración informa lo siguiente: “ en referencia con el oficio DCA-2899, les
informamos que por el tipo de sistema de audio que se requiere por sus características técnicas, el
estudio técnico realizado y las condiciones del Teatro Melico Salazar, es un sistema muy específico
por lo que la administración plantea la solicitud ante ese Ente Contralor de una contratación de
oferente único, por lo tanto se realizará la gestión correspondiente ante la Junta Directiva del
Teatro Popular Melico Salazar para su aprobación”.
Así las cosas, siendo que el Teatro ha decidido que la gestión relacionada con la posible compra del
equipo de audio sea conocida por su Junta Directiva, se recibe su nota como un retiro de su
solicitud, de forma tal que se devuelven los documentos aportados a su nota inicial.
Téngase en consideración que este órgano contralor no está avalando el supuesto que refiere el
Teatro, esto es contratación de oferente único, lo cual queda bajo su exclusiva responsabilidad y
debiéndose respetar la normativa que aplica a ese supuesto.
Atentamente,
Lic. Marco Vinicio Alvarado Quesada Licda. Carolina Cubero Fernández
Gerente Asociado Fiscalizadora
CCF/yhg
Ci: Archivo Cen ...
Fecha publicación: 22/11/2011
Fecha emisión: 17/11/2011
Institución: TEATRO POPULAR MELICO SALAZAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 9787
10 de octubre, 2011
DFOE-SAF-0387
Licenciado
Jorge Sequeira Picado
Gerente General
PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto: Se amplía oficio DFOE-SAF-327-2011 (7629) con relación al pago de
arrendamiento de vehículos para funcionarios de PROCOMER ubicados
en las oficinas de promoción en el extranjero.
En atención a su oficio No. GG-041-11, del 28 de marzo, procedemos a ampliar
nuestro oficio de respuesta DFOE-SAF-0327-7629 del 18 de agosto, en relación con el
tema de arrendamiento de vehículos (kilometraje) ubicados en el exterior del país.
Explica la consultante que Procomer desarrolla actividades que tienden al
fortalecimiento del comercio exterior de nuestro país, razón por la que ha instalado oficinas
de Promoción en diversas zonas del exterior, y para regular el funcionamiento de sus
oficinas emitió el Reglamento de Oficinas de Promoción Comercial, normativa que
establece las pautas mínimas de desempeño y gestión. En cuanto al pago de kilometraje
adjunta criterio legal No. 227-2011 de fecha 15 de marzo del 2011 de esa Institución, en la
que se indica que para los Directores, Subdirectores y personal de apoyo, actualmente
PROCOMER les reconoce el pago de kilometraje con base en la tarifa que establece la
Contraloría General de la República, sin embargo, por la realidad socioeconómica de cada
país, ha detectado que la indicada suma no siempre es suficiente para compensar a los
funcionarios los gastos efectivos de cada país, ya que los mismos suelen ser muy distintos
a los gastos que se generan en Costa Rica.
Por tal razón, se consulta si puede Procomer pagar un mo ...
Fecha publicación: 13/10/2011
Fecha emisión: 10/10/2011
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 09699
06 de octubre, 2011
DCA-2607
Señor
Eddie Villalobos Villalobos
Gerente Administrativo Financiero
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica
Fax: 2233-5755
Estimado señor:
Asunto: Se deniega solicitud de autorización para la degradación del procedimiento de
contratación de licitación abreviada para efectos de utilizar la contratación directa, así como una
disminución del 25% del precio final autorizado por esta Contraloría General mediante el oficio
3888 del 3 de mayo del 2011, del inmueble del Partido de Limón matrícula 55254-000.
Nos referimos a sus oficios GG-165-11 y GAF-OFIC-137-11 de fechas 23 y 28 de
setiembre de 2011, mediante los cuales solicita nuestra autorización para llevar a cabo la
contratación indicada en el asunto.
I) Antecedentes.
1) Mediante oficio 3888 del 3 de mayo del 2011, esta Contraloría General otorgó
autorización a PROCOMER para efectuar una degradación del procedimiento de licitación pública
y sacar a la venta del inmueble 055254-000 mediante una licitación privada, así como también
disminuir en un 25% la base del avalúo administrativo SJ-329-2010, tramitado mediante el
expediente 4589, ello con fundamento en los artículos 30 de la Ley de Contratación Administrativa
y 15 de su Reglamento, así como en el 115 bis del Reglamento de Contratación de PROCOMER.
2) La Administración procedió a tramitar el procedimiento de Licitación Privada Nº 02-
2011 denominado “Venta de propiedad ubicada en Limón”, correspondiente al terreno ubicado en
la provincia de Limón, Cantón Limón, Distrito Liverpool, inscrita en el Registro Público de la
Propiedad, sección inmueble, Partido de Limón, matrícula No. 055254-000, con un área de
64.033,43 metros cuadrados, plano catastrado L-5977-1991, valorado según avalúo administrativo
SJ-329-2010, expediente 4589, en un preci ...
Fecha publicación: 11/10/2011
Fecha emisión: 06/10/2011
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 08622
12 de setiembre, 2011
DCA-2345
Señor
MA. Giancarlo Protti Ramírez
Director Ejecutivo
Teatro Popular Melico Salazar
Estimado señor:
Asunto: Se atiende consulta con relación a si las contrataciones que realiza el Teatro Melico
Salazar deben ser entendidas como actividad ordinaria y ser excluidas de los procedimientos de
contratación administrativa.
Se atiende su oficio TPMS-DE-2210-2011 de fecha 29 de julio de 2011, recibido en esta
Contraloría General en fecha 5 de agosto del mismo año, por medio del cual plantea la consulta
descrita en el asunto.
I. Planteamiento de la consulta.
-Que el Teatro Melico Salazar (en adelante el Teatro) es una “institución cultural especializada del
Estado (…) adscrito al Ministerio de Cultura Juventud y Deportes, para fomentar y desarrollar las
artes del espectáculo y la popularización de la cultura”.
1
-Que el Teatro cuenta con una serie de programas artísticos especializados que hacen posible la
programación de espectáculos, la producción artística de eventos culturales, tales como festivales de
arte, encuentros, giras nacionales por múltiples comunidades en el país y programas pedagógicos de
desarrollo en la formación de nuevos artistas y promotores culturales.
-Que las acciones que realiza el Teatro, se constituyen en materia ejecutiva de carácter ordinario,
puesto que tanto el Teatro como sus programas, necesitan llevar a cabo todos los años, proyectos
artísticos y eventos culturales enmarcados en el ámbito de las artes escénicas, de los cuales algunos
se encuentran establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo y otros se realizan por Decreto
Ejecutivo, o como producciones ordinarias establecidas en el Plan Operativo Institucional (POI), en
el cumplimiento de los objetivos institucionales, ligados al desarrollo del teatro y la danza
costarric ...
Fecha publicación: 16/09/2011
Fecha emisión: 12/09/2011
Institución: TEATRO POPULAR MELICO SALAZAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 08536
09 de setiembre, 2011
DCA-2316
Señor
Giancarlo Protti Ramírez
Director Ejecutivo
Teatro Popular Melico Salazar
Estimado señor:
Asunto: Se deniega autorización para celebrar un procedimiento de contratación directa con la
finalidad de contratar los servicios que se detallan en el oficio TPMS-DE-219-2011, para el Taller
Nacional de Danza, la Compañía Nacional de Teatro, la Compañía Nacional de Danza.
Nos referimos a su oficio TPMS-DE-219-2011 de fecha veintinueve de julio de dos mil once,
recibido en este órgano contralor el día cinco de agosto del mismo año; mediante el cual requiere que se le
autorice la celebración de un procedimiento de contratación directa para contratar los servicios que se
detallan en éste oficio para el Taller Nacional de Danza, la Compañía Nacional de Teatro, la Compañía
Nacional de Danza.
Mediante DCA- 2116 de fecha dieciocho de agosto del corriente este órgano contralor requirió
información adicional la cual fue atendida de conformidad con los términos del oficio TPMS-DE-0278-
2011 de fecha veintiséis de agosto del corriente, recibido en este órgano contralor en misma fecha.
I. Antecedentes
Se tiene que mediante oficio TPMS-DE-219-2011 de fecha veintinueve de julio de dos mil once,
la Administración explica que fue creada con la finalidad de fomentar y desarrollar las artes del
espectáculo y la popularización de la cultura.
Así las cosas, cuenta con una serie de programas artísticos especializados que hacen posible la
programación de espectáculos, la producción artística y de eventos culturales, tales como festivales de
arte, encuentros, giras nacionales por múltiples comunidades del país y programadas pedagógicos de
desarrollo en la formación de nuevos artistas y promotores culturales. Siendo que las acciones que realiza
constituyen materia ejecutiva de carácter ordinario.
Asimismo, ...
Fecha publicación: 14/09/2011
Fecha emisión: 09/09/2011
Institución: TEATRO POPULAR MELICO SALAZAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 07598
17 de agosto de 2011
DCA-7598
Señor
Jorge Sequeira Picado
Gerente General
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER)
Estimado señor:
Asunto: No se refrenda por no requerirlo el convenio para la sesión de funcionarios suscrito
entre el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) y la Promotora del Comercio Exterior
de Costa Rica (PROCOMER).
Nos referimos a su oficio GG-0126-11 del 27 de julio del presente año, mediante el cual solicita
el refrendo de la adenda referida en el asunto.
Una vez realizado el estudio de rigor, este Despacho ha podido determinar que el convenio
original refrendado por esta Contraloría General mediante el oficio 010562 del 27 de agosto de
1997 fue otorgado al amparo del anterior reglamento de refrendos, el cual dejó regir a partir del 1 de
enero de 2008, fecha en que entró en vigencia en nuevo reglamento de refrendos, publicado en La
Gaceta N° 202 del 22 de octubre de 2007.
En el mismo orden de ideas, el reglamento actualmente vigente en su artículo 3 inciso 6
establece cuales contratos o convenios celebrados entre entes, empresas u órganos públicos están
sujetos al refrendo contralor; estos son aquellos que tengan por objeto el otorgamiento de
concesiones, la constitución de fideicomisos o la realización de proyectos bajo el tipo contractual de
alianza estratégica, en consecuencia, los demás contratos o convenios interadministrativos no
estarán sujetos a refrendo.
Ahora bien, siendo que el objeto de convenio celebrado por PROCOMER y COMEX no
corresponde a ninguno de los anteriormente citados, la Contraloría General se considera
incompetente para refrendarlo, siendo que es exclusiva responsabilidad de los jerarcas de las
Administraciones involucradas adoptar las medidas de control, de conformidad con la normativa de
control interno, para garantizar que las relaciones interadministr ...
Fecha publicación: 22/08/2011
Fecha emisión: 17/08/2011
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 06981
29 de julio de 2011
DCA-1948
Señor
Eddie Villalobos
Representante legal
Señora
Marcela Brooks
Directora de Asesoría Legal
Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER)
Estimado (a) señor (a):
Asunto: No se refrenda por no requerirlo el borrador de escritura pública producto de la
contratación directa concursada promovida por la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica
(PROCOMER) para la venta de una finca de su propiedad ubicada en la provincia de Puntarenas.
Nos referimos a su oficio GG-108-2011 del 13 de julio del presente año, mediante el cual
solicita el refrendo referido en el asunto.
Sobre el asunto en conocimiento, cabe recordar que el Reglamento sobre el refrendo de las
contrataciones de la Administración Pública, en su artículo 3, luego de los diferentes supuestos en
lo que un contrato amerita el refrendo contralor, en el último párrafo se menciona lo siguiente:
“(…) No estarán sujetos al refrendo los demás contratos o convenios no referidos en este artículo o
en las demás disposiciones de este Reglamento, sin perjuicio de las exclusiones concretas que se
estipulen en los artículos siguientes, en virtud del régimen especial de esas exclusiones (…)”.
Una de esas exclusiones a que hace referencia el último párrafo anterior se encuentra
establecida en el inciso 2) del artículo 12 de la misma normativa. En dicho numeral, se dispone que
cuando la escritura pública de un contrato requiera formalizarse ante la Notaría del Estado
1
, no
resulta necesario cumplir con el trámite del refrendo ante la Contraloría General.
Consecuentemente, el borrador de la escritura no debe remitirse a este órgano contralor.
Por consiguiente, todos aquellos contratos cuya escritura deba formalizarse, por imperativo
legal, ante la Notaría del Estado, se encuentran exentos del trámite de ...
Fecha publicación: 04/08/2011
Fecha emisión: 29/07/2011
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 05290
15 de junio de 2011
DCA-1531
MA.
Giancarlo Protti Ramírez
Director Ejecutivo
Teatro Melico Salazar
Fax: 2233-5387
Estimado señor:
Asunto: Gestión relacionada con la contratación de servicios profesionales para el Taller
Nacional de Danza, para la Compañía Nacional de Teatro, para la Compañía
Nacional de Danza, para PROARTES, para el Teatro Melico Salazar y para el
Taller Nacional de Teatro.
Nos referimos a su oficio TPMS-DE-145-2010 del 26 de mayo del presente año pasado,
recibido en esta Contraloría General el 1 de junio de ese mismo año, mediante el cual plantea una
gestión relacionada con la contratación de servicios profesionales referida en el asunto.
Sobre el particular, señalamos que:
1) En principio de la gestión presentada se desprende que solicitan una autorización de
contratación directa para contratar servicios profesionales para el Taller Nacional de Danza, para la
Compañía Nacional de Teatro, para la Compañía Nacional de Danza, para PROARTES, para el
Teatro Melico Salazar y para el Taller Nacional de Teatro; además se plantea una consulta en el
sentido de si tales contrataciones de servicios profesionales se pueden catalogar como actividad
ordinaria, o bien se señale el tratamiento que se le debe dar a esa circunstancia.
2) De tratarse de una gestión de autorización de contratación directa, deberán cumplirse con
los requisitos señalados al efecto por las disposiciones de los artículos 138 y 139 del Reglamento a
la Ley de Contratación Administrativa.
3) De tratarse de una consulta, deberán cumplirse con los requisitos señalados al efecto en
nuestra circular CO-529 del 26 de mayo del 2000, publicada en La Gaceta 107 del 05 de junio del
2000, la cual deberá venir acompañada del criterio jurídico de la entidad.
2
4) Se ...
Fecha publicación: 16/06/2011
Fecha emisión: 13/06/2011
Institución: TEATRO POPULAR MELICO SALAZAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA